El Procurador General de la
Republica, manifestó su apoyo al Senado de la Republica para la aprobación del
Proyecto de ley que prohíbe a las personas privadas de libertad , visitantes,
servidores penitenciarios y usuarios el ingreso y uso de todo tipo de aparatos
y accesorios de comunicación móvil e inalámbricas, tales como celulares,
Tablet, laptops, módems, teléfonos satelitales, chips, o cualquier otro
dispositivo o accesorio que permita la transmisión, emisión o recepción de voz
datos o imagen de cualquier naturaleza en las cárceles.
En ese sentido, considera como
bueno y valido que la Coordinación para la aplicación de ley sometida por de la PGR con la Dirección General de
Prisiones, el Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria con la asistencia del
Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones,
I INDOTEL, a fin de garantizar
que todos los centros de privación de libertad, centros corrección y rehabilitación,
de Atención Integral para adolescentes en conflictos con la ley penal y centros
de detección del país dispongan de los equipos e infraestructuras necesarias
para inhibir, bloquear o anular de manera permanente la señal de telefonía
celular y de internet inalámbrico en el interior de los establecimientos
penitenciarios, sin afectar a las comunidades aledañas.
El procurador Jean Alain
Rodríguez envió sus sugerencias al Presidente del Senado, Reynaldo Pared Pérez,
sobre el Proyecto de ley que Prohíbe el uso de celulares y establece el bloqueo
de señales de móviles en los Centros Penitenciarios del país.
Alain Rodríguez dijo estar a las órdenes para participar en las
reuniones que la Comisión a cargo considere necesario.
Plantea el Procurador de la
Republica, que el artículo 4 de la referida ley quede establecido que habrá
instalación de cabinas telefónicas para que todos los privados de libertad puedan comunicarse con
sus familiares, representantes legales y relacionados de buena reputación.
Sugiere el PGR que se fijen los
días, horas y lapso de tiempo en que las personas privadas de libertad podrán
comunicarse, destacando que la Procuraduría velará para que estas facilidades
de comunicación no se constituyan en una amenaza a la integridad de las
personas, la seguridad pública y la seguridad del Estado.
Los teléfonos fijos alámbricos
referidos en la citada ley, deberán ser programados para reproducir al inicio
de cada llamada un mensaje grabado en el cual se indicara el nombre y la
ubicación del establecimiento penitenciario en donde se origina la llamada.
Sugiere que se permita el uso de disfrute de los servicios de televisión por
cable, e internet alámbrico con fines estrictamente educativos cuyo
funcionamiento este regulado por el reglamento que a efecto se emita, bajo la
adecuada supervisión de los servidores penitenciarios.
Por El Nuevo Diario
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