Jean Alain apoya Ley prohíbe uso celulares en cárceles




El Procurador General de la Republica, manifestó su apoyo al Senado de la Republica para la aprobación del Proyecto de ley que prohíbe a las personas privadas de libertad , visitantes, servidores penitenciarios y usuarios el ingreso y uso de todo tipo de aparatos y accesorios de comunicación móvil e inalámbricas, tales como celulares, Tablet, laptops, módems, teléfonos satelitales, chips, o cualquier otro dispositivo o accesorio que permita la transmisión, emisión o recepción de voz datos o imagen de cualquier naturaleza en las cárceles.

En ese sentido, considera como bueno y valido que la Coordinación para la aplicación de ley sometida por  de la PGR con la Dirección General de Prisiones, el Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria con la asistencia del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones,  I INDOTEL,  a fin de garantizar que todos los centros de privación de libertad, centros corrección y rehabilitación, de Atención Integral para adolescentes en conflictos con la ley penal y centros de detección del país dispongan de los equipos e infraestructuras necesarias para inhibir, bloquear o anular de manera permanente la señal de telefonía celular y de internet inalámbrico en el interior de los establecimientos penitenciarios, sin afectar a las comunidades aledañas.

El procurador Jean Alain Rodríguez envió sus sugerencias al Presidente del Senado, Reynaldo Pared Pérez, sobre el Proyecto de ley que Prohíbe el uso de celulares y establece el bloqueo de señales de móviles en los Centros Penitenciarios del país.

Alain Rodríguez dijo estar  a las órdenes para participar en las reuniones que la Comisión a cargo considere necesario.

Plantea el Procurador de la Republica, que el artículo 4 de la referida ley quede establecido que habrá instalación de cabinas telefónicas para que todos los  privados de libertad puedan comunicarse con sus familiares, representantes legales y relacionados de buena reputación.

Sugiere el PGR que se fijen los días, horas y lapso de tiempo en que las personas privadas de libertad podrán comunicarse, destacando que la Procuraduría velará para que estas facilidades de comunicación no se constituyan en una amenaza a la integridad de las personas, la seguridad pública y la seguridad del Estado.

Los teléfonos fijos alámbricos referidos en la citada ley, deberán ser programados para reproducir al inicio de cada llamada un mensaje grabado en el cual se indicara el nombre y la ubicación del establecimiento penitenciario en donde se origina la llamada.


Sugiere  que se permita el uso de disfrute de los servicios de televisión por cable, e internet alámbrico con fines estrictamente educativos cuyo funcionamiento este regulado por el reglamento que a efecto se emita, bajo la adecuada supervisión de los servidores penitenciarios.

Por El Nuevo Diario
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Editor: Anónimo

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