Mediante el decreto 396-21 el
Presidente Luis Abinader dispone un conjunto de medidas administrativas que
buscan reducir importantes componentes del gasto gubernamental por parte de
todos los entes que conforman el Poder Ejecutivo, y organismos autónomos y
descentralizados del Gobierno Central
Santo Domingo. – Con el fin de
seguir enfrentando el severo impacto que ha tenido la pandemia del COVID-19 en
la economía nacional e internacional, el Decreto presidencial establece
considerables reducciones en gastos relacionados con viajes al exterior, la
compra de vehículos de lujo, remodelaciones de alto costo, agasajos y
celebraciones.
La disposición también alcanza las
donaciones, obsequios, uso de instalaciones privadas para la realización de
actividades, y hasta el uso de personal policial o militar asignado a
funcionarios públicos, con muy contadas excepciones establecidas en el propio
decreto.
Entre las medidas que destacan está
la prohibición de salidas al exterior de servidores públicos en viajes
oficiales que no cuenten con autorización previa y la consecuente compra de
boletos aéreos.
De igual manera quedan prohibidas
las compras de vehículos de motor, excepto aquellos utilitarios que sean
imprescindibles para la adecuada ejecución de las funciones a las que sean
asignados y debidamente autorizadas.
Igualmente solo se autorizarán
exoneraciones y exenciones de vehículos según lo establecen las
correspondientes leyes aplicables y se denegará cualquier solicitud relacionada,
que no tenga su base en alguna ley.
En cuanto a los vehículos
oficiales, queda prohibido su uso durante fines de semana y días feriados.
Por otra parte, el decreto 396-21
también busca racionalizar el uso de parte del recurso humano asignado a instituciones
y funcionarios, para lo cual ordena a los Ministros de Defensa e Interior y
Policía, una profunda revisión del personal policial y militar a disposición de
instituciones públicas y a servidores públicos y otros dignatarios para
reducirlo a la cantidad estrictamente necesaria y eficientizar su distribución.
Igualmente queda prohibido el uso
de flanqueadores motorizados en desplazamientos de los servidores públicos, con
claras excepciones como la del Presidente y Vicepresidenta de la República, Ministros
de Defensa e Interior y Policía, Director General de la Policía Nacional,
Procuradora General de la República, Comandantes generales de los cuerpos
castrenses, Presidente de la DNCD y el Director del DNI.
En el caso específico de la Policía
Nacional se ordena la reducción de personal asignado a instituciones y
funcionarios en al menos un 50%, para que el resto sea dedicado a la
implementación efectiva de la Estrategia Nacional Integral de Seguridad
Ciudadana “Mi País Seguro”.
La responsabilidad del seguimiento
y de velar por el cumplimiento de este decreto presidencial queda a cargo del
Ministerio Administrativo de la Presidencia y el Ministerio de Administración
Pública, en coordinación con la Dirección General de Presupuesto y la
Contraloría General de la República.
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